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¿Por qué se pagan tres depósitos al alquilar en la República Dominicana?

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En la República Dominicana, al momento de alquilar una vivienda o un local comercial, es común que se soliciten tres pagos iniciales. Aunque esta práctica no está impuesta directamente por la ley, se ha convertido en un estándar en el sector inmobiliario. A continuación, te explicamos en qué consisten estos tres depósitos:


1. Depósito de Garantía

Este pago equivale a un mes de renta y tiene como propósito proteger al propietario frente a posibles daños al inmueble o incumplimientos del contrato por parte del inquilino.

  • Función: Cubrir reparaciones, deudas por servicios u otros compromisos no cumplidos.

  • Condición: Debe ser devuelto al inquilino al final del contrato si todo está en orden.


2. Mes de Renta Adelantado

Este corresponde al pago del primer mes de alquiler.

  • Función: Asegura que el inquilino pueda ocupar el inmueble desde el inicio del contrato.

  • Es un pago regular, como el que se hará mensualmente durante el tiempo de arrendamiento.


3. Comisión o Honorarios

Este monto suele ser equivalente a un mes de renta y se paga al intermediario, como una inmobiliaria o agente de bienes raíces.

  • Función: Remunerar al agente por los servicios de búsqueda, promoción y gestión del alquiler.

  • Nota: Este pago no siempre aplica si el trato es directo entre propietario e inquilino.


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