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“Sin cuerpo no hay delito”: un mito que no aplica en República Dominicana

“Sin cuerpo no hay delito”: un mito que no aplica en República Dominicana

La frase “sin cuerpo no hay delito” ha resonado con fuerza en el caso de la niña Brianna Genao, desaparecida desde el pasado 31 de diciembre, luego de que trascendiera que uno de los implicados habría pronunciado esas palabras al minimizar las consecuencias penales de sus actos.


Sin embargo, la jurisprudencia dominicana desmiente categóricamente esa creencia.


En la República Dominicana sí es posible condenar sin la aparición del cuerpo, siempre que existan pruebas suficientes, como confesiones, evidencias materiales, testimonios, peritajes forenses y reconstrucción lógica de los hechos.


Existe un precedente histórico contundente: Un tribunal dominicano condenó a 30 años de prisión a los responsables del secuestro, desaparición y asesinato de un comerciante de 85 años, ocurrido en noviembre de 2013 en Villa Trina, provincia Espaillat, aun cuando el cuerpo de la víctima nunca fue recuperado.


Este caso sentó bases claras sobre la aplicación del derecho penal en desapariciones forzadas y homicidios, estableciendo que la ausencia del cadáver no impide la sanción penal cuando el conjunto probatorio demuestra la comisión del delito.


El marco legal dominicano prioriza la verdad procesal sustentada en evidencias, desmontando así uno de los mitos más repetidos en casos criminales de alto impacto.


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